El juez de Violencia Familiar y de Género de Metán, Carmelo Paz, al encuadrarse en un supuesto de violencia psicológica, dictó contra el denunciado la prohibición de ejercer actos de violencia física y psicológica, y de proferir insultos, contra el joven. Tampoco podrá llamarlo por teléfono, mandarle mensajes de texto o publicar en redes sociales. No consumirá bebidas alcohólicas ni drogas. No podrá usar armas, ni proferir en su contra palabras agraviantes, insultarlo, herirlo o amenazarlo.
Tendrá prohibido también acercarse al joven, debiendo mantener una distancia de doscientos metros de su persona, del domicilio de trabajo y de los lugares donde concurra. No podrá ingresar a su domicilio ni podrá conducir el colectivo en el tramo Metán – Río Piedras y viceversa.
Estas reglas son por el término de seis meses, que serán prorrogados automáticamente en caso de persistir los hechos de violencia denunciados.
Además dispuso que se practique pericias psicológicas a las partes involucradas, determinando si el denunciado presenta rasgos misóginos; considerando también la necesidad de realización de un tratamiento. También ordenó la realización de un informe socio-ambiental.